
Comunidad de bienes
Hola amig@s de Business Defenders, en esta entrada del blog, explicaremos qué es una comunidad de bienes y como constituirla. Lo haremos resumidamente e indicandote lo más importante que debes saber.
¿Qué es una comunidad de bienes?
Una comunidad de bienes es una asociación de personas que tienen un derecho común, por la que obtienen un lucro, o tal y como están las cosas por lo menos lo intentan.
Recordamos que las comunidades de bienes no son una entidad con personalidad jurídica. También comentar que la responsabilidad es ilimitada frente a terceros. No existe capital mínimo para su constitución. Pero todas las características de la comunidad de bienes las analizaremos en un próximo artículo que comparara las diferentes formas jurídicas.
¿Qué trámites hay que realizar para constituir una comunidad de bienes?
- Lo primero que hay que hacer para la constitución de la comunidad de bienes es suscribir un contrato de constitución entre los socios. En este contrato se explica qué aporta cada socio, capital, trabajo, bienes etc. También se especifica el porcentaje de participación de cada socio.
- Después, el siguiente paso es solicitar un número de identificación fiscal a la agencia tributaría es decir el CIF. Para ello se debe de aportar el documento de constitución y el D.N.I de los socios, junto al modelo 036.
- Por último, liquidar el modelo 600. A diferencia de lo que ocurre con las sociedades que son personalidad jurídica, la comunidad de bienes no está exenta. Por lo tanto debe tributar el 1% de los bienes aportados. Recordamos que esto es la norma general y que al ser un impuesto transferido a las comunidades autónomas pueden existir diferencias de unas a otras.
Con esto termina el proceso de constitución de una comunidad de bienes.
Como veréis es la forma más sencilla de asociación con otras personas, y una de las más rápidas ya que en unos 10 días se puede tener lista.
Esto es todo amig@s, recordaros que mi próximo articulo tratará sobre el análisis de las distintas formas jurídicas.
Y recordaros que para cualquier consulta podéis contactar a través de este enlace.