Cuándo es obligado darme de alta de autónomo

Cuándo es obligado darme de alta de autónomo

Ya sea por querer realizar algún trabajo específico para una empresa o por empezar a desarrollar una actividad económica y no tener claro cuándo es necesario empezar a declarar, pero es muy común hacerse la pregunta de cuándo es obligado darme de alta de autónomo. En Business Defenders, tu asesoría para autónomos y pymes, te explicamos de forma resumida pero muy clara cuáles son los requisitos a tener en cuenta para saber si estás obligado o no a darte de alta como autónomo.

Para entenderlo fácilmente, es necesario empezar explicando que lo que comúnmente se conoce como ‘alta como autónomo’, consiste en declarar el inicio de la actividad a dos administraciones afines y similares pero independientes: Hacienda por un lado y la Seguridad Social en el otro. Pero, ¿cuándo es obligado darme de alta de autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social?

¿Cuándo es obligatorio darme de alta de autónomo en Hacienda?

Darme de alta de autónomo en Hacienda siempre es obligatorio desde el primer momento en que se realiza una actividad comercial, entendiéndose como cualquier tipo de trabajo no asalariado. De esta forma, será necesario comunicar a la administración la fecha de alta, la naturaleza y sector de la actividad a realizar, y los datos personales del trabajador. Si necesitas emitir una factura de cualquier tipo, la obligación de registrarse en Hacienda es aún más necesaria. Para darse de alta en Hacienda tendrás que rellenar el modelo 037, siendo este una simplificación del modelo 036.

Es importante tener en cuenta que estar registrado en Hacienda como trabajador que desarrolla una actividad económica no tiene gastos de ningún tipo, salvo el inconveniente de tener que realizar los trámites oportunos. Estos trámites incluyen el citado aviso de registro para realizar las declaraciones trimestrales y anuales de IRPF e IVA (en los meses de enero, abril, julio y octubre) y comunicar la baja una vez concluida la actividad.

¿Cuándo es obligatorio darme de alta de autónomo en la Seguridad Social?

En materia de Seguridad Social, la norma que da respuesta a esta cuestión se encuentra en el Decreto 2530/1970. Más concretamente, en el artículo 2 de dicha ley que establece dos requisitos que obligan a darme de alta de autónomo en la Seguridad Social. Estos requisitos son:

  • Si la persona que realiza la obra dispone de un establecimiento abierto al público en el que ofreces tu actividad.
  • Si se trata de una actividad económica habitual, personal y directa lucrativa sin contrato de trabajo.

El primer punto está claro, lo que queda por determinar es cuándo considera la administración que un trabajo se realiza de forma habitual. La jurisprudencia en diversas sentencias se ha ocupado de este concepto jurídico y ha llegado a varias conclusiones importantes.

Darme de alta de autónomo: cuándo un trabajo se considera habitual

En primer lugar, si el trabajo se realiza de forma puntual en tiempo y forma, no habrá obligación de darse de alta en la Seguridad Social. Los trabajos puntuales son aquellos que no se repiten al menos en un plazo de tres meses, pero es muy probable que haya problemas con la administración también en esos casos.

Este punto es la clave, por lo que si se lleva a cabo de forma clara (por ejemplo, se emiten una o dos órdenes anualmente), no es necesario notificar a la Seguridad Social ningún registro. En el caso de que el trabajo se realice de forma periódica y no sea posible acogerse a la excepción anterior, puedes intentar tener en cuenta alguna de estas variables para defender la posibilidad de no darte de alta como autónomo:

  • Considerar si el trabajo que se realiza periódicamente es o no la principal fuente de ingresos del trabajador. Si el trabajador tiene un trabajo asalariado en cualquier empresa, será mucho más fácil proteger la posibilidad de no darme de alta de autónomo en la Seguridad Social. Especialmente en aquellos casos en los que los ingresos de este trabajo asalariado superan a los de los no asalariados.
  • Determinar el volumen de ingresos que obtiene el trabajador de su actividad como no asalariado. Si la renta que obtiene el trabajador por este concepto es inferior al salario mínimo interprofesional, será mucho más fácil demostrar que no es obligatorio darme de alta de autónomo en Social Seguridad.

El hecho de cumplir con estos dos últimos requisitos no asegura que la administración de la Seguridad Social no abra una inspección y trate de acordar las responsabilidades correspondientes. En muchos de estos casos será posible defender correctamente la inspección y en otros será más difícil, por lo que siempre habrá que tener cuidado a la hora de resguardarse de estos factores y saber en todo momento cuando es obligatorio darme de alta de autónomo para evitar recibir alguna penalización. Por ello, la mejor opción es acudir a una cobsuktora como Business Deenders para tener cobertura y resolver todas estas dudas.

Darme de alta de autónomo gracias a Business Defenders

En definitiva, darme de alta de autónomo es necesario si vas a iniciar una actividad económica por tu cuenta, pero puede que te surjan muchas dudas Y además, una vez tu negocio empieza a crecer, puede que necesites asesoría y ayuda en trámites laborales, contables o fiscales, ya que muchos conceptos se escapan a tu control o no puedes invertir todo el tiempo en ellos. Para ayudarte en tu gestión como autónomo y pyme contacta con Business Defenders, y te ayudaremos en todos los trámites, desde dar de alta tu empresa, las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF, etc. Rellena nuestro formulario de contacto o llama al 616 26 34 77

 

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