¿Se puede ser autónomo y cobrar el desempleo?

¿Se puede ser autónomo y cobrar el desempleo?

La respuesta es claramente… Sí. Puede que te sorprenda, pero se puede compatibilizar la prestación por desempleo y la actividad por cuenta propia desde el año 2013, Real Decreto Ley 4/2013.

¿Cuáles son las condiciones y requisitos?

El primero y aunque parezca obvio, es estar cobrando la prestación contributiva por desempleo, para ello hace falta haber cotizado un mínimo de 360 días. ¿Y si estoy cobrando una renta mínima o el RAI? En este caso no, taxativamente no podrías combinar ambas.

El otro requisito imprescindible es solicitar la compatibilidad en los primeros 15 días hábiles desde que te das de alta.

Cuantía y duración de la compatibilidad

Si has leído hasta aquí es que estas interesado, por lo que te vamos a explicar la cuantía y duración de la compatibilidad.

  • La cuantía es el 100% de la prestación por desempleo que estuvieras percibiendo o tuvieras derecho a percibir en el momento del alta como autónomo.
  • La duración de la compatibilidad será como máximo de 9 meses.

Es importante recalcar que durante este tiempo, aunque estés percibiendo una prestación, no debes de fichar para renovar el desempleo.

Situaciones frecuentes a la hora de emprender 

Si vas a emprender y estás cobrando el paro o tienes derecho a percibir el desempleo, tienes 3 posibles opciones:

  1.  Detienes el desempleo y te das de alta como autónomo. Puede surgirte la siguiente duda, ¿podría reanudar mi prestación? La respuesta es si, pero tu actividad debe de durar más de 24 meses y menos de 60 meses.
  2. Capitalizar el desempleo.
  3. Compatibilizar el desempleo con el trabajo autónomo.

¿Cómo solicitar la compatibilidad?

Si ya estas percibiendo el desempleo debes de acudir a una oficina con cita previa, rellenar el formulario de solicitud de la compatibilidad dentro de un periodo de los primeros 15 días hábiles desde tu alta de autónomo. También puedes llamar, solicitar cita telefónica o solicitarlo en la página del www.sepe.es y comunicarlo antes siempre de los 15 días.

Si aun no estas percibiendo el desempleo, debes de darte de alta como autónomo y realizar la gestión indicada en el párrafo de arriba.

Si me doy de baja antes de acabar de cobrar mi prestación, ¿la pierdo?

No, y aquí vamos a explicar varios casos prácticos:

Cristina tienes derecho a 9 meses de desempleo, se da de alta como autónoma y decide solicitar la compatibilización. Pero a los 3 meses se da cuenta de que su negocio no funciona y no tiene ganas de seguir, con lo que decide darse de baja. ¿Puede cobrar los 6 meses restantes? Si, sin problema.

Laura tiene derecho a 15 meses de desempleo, se da de alta como autónoma y solicita la compatibilidad. ¿Qué sucede? Al llegar al noveno mes, habrá cumplido los 270 días máximos de compatibilización y dejara de percibir su prestación. 

El último, un caso real de uno de los clientes de Business Defenders ha sido el siguiente: el cliente tiene derecho a 12 meses de prestación por desempleo, está interesado en empezar como autónomo y acude a nuestro despacho. En varios despachos anteriores le han explicado lo de arriba y en otros no sabían decirle si era compatible.

El cliente tiene un pequeño capital y tiene una idea de montar un restaurante de comida Mexicana, ha visto un local y nos pregunta si hay alguna forma de cobrar todo el paro sin capitalizar el desempleo y necesita empezar ya. Hablamos con él y le preguntamos si tiene que hacer alguna reforma en el local, este nos comunica que sí, de al menos 2 meses o quizá 3.

Le informamos de que si no va a vender, sería conveniente que se diera de alta con una comunicación previa de gasto antes del inicio de la actividad. Comunicando su alta para la fecha de la apertura y que a su vez solicitara cita para el desempleo en esas fechas para comunicar su compatibilidad.

Es por ello que nuestro cliente pudo seguir percibiendo su prestación, además de deducir los 9.500€ de inversión en el local y luego compatibilizar el desempleo durante 9 meses. Esto se produjo justo antes del COVID, por lo que el cliente pudo seguir percibiendo su prestación y disfrutando del desempleo prorrogado por el tiempo del COVID y el primer confinamiento.

En estos casos y siempre recomendamos que antes de emprender acudáis a un profesional para que os explique todas vuestras opciones de forma personalizada.

Si estas interesado en compatibilizar el paro contacta con nosotros, y te ayudaremos, recuerda que puedes contactarnos por WhatsApp, teléfono o email. También estamos disponibles a través de nuestras redes sociales. 

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