29/01/2026
Cómo evitar pagar impuestos por facturas impagadas: guía fiscal para empresas y autónomos
Pocas situaciones generan más frustración que emitir una factura, no cobrarla y, aun así, tener que pagar impuestos por ella. Sin embargo, el sistema fiscal español contempla mecanismos legales para evitar tributar por ingresos que nunca llegarán.
En este artículo te explicamos cómo protegerte frente a los impagos, paso a paso, sin atajos ni riesgos innecesarios.
El error más común: pagar IVA por algo que no has cobrado
El IVA se devenga en el momento de emitir la factura, no cuando se cobra.
Esto implica que, aunque el cliente no pague, Hacienda exige igualmente el ingreso del impuesto.
Para evitar este problema de liquidez, existen tres vías legales:
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Optar por el régimen de criterio de caja.
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Recuperar el IVA de facturas impagadas dentro de los plazos establecidos.
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Solicitar un aplazamiento del IVA (con intereses, pero sin tensión inmediata de tesorería).
El régimen de criterio de caja: una solución para cobros lentos
Este régimen permite declarar el IVA únicamente cuando se produce el cobro efectivo, y deducirlo cuando se realiza el pago.
Ventajas
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Mejora la liquidez.
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Reduce el impacto de los impagos.
Inconvenientes
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Los proveedores no pueden deducirse el IVA hasta que se les pague.
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Exige un control contable riguroso.
Este régimen se solicita en diciembre mediante el modelo 036 y entra en vigor el 1 de enero del año siguiente. Aunque es poco utilizado, puede ser clave para empresas con plazos de cobro largos.
Cómo recuperar el IVA de una factura impagada
Si no estás acogido al criterio de caja, aún puedes recuperar el IVA ya ingresado, siempre que se cumplan los plazos y requisitos.
Plazos clave
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Tras 6 meses sin cobrar (1 año si eres gran empresa), puedes iniciar el proceso.
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Dispones de otros 6 meses para reclamar la deuda de forma fehaciente.
Pasos a seguir
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Reclamar el pago por un medio que deje constancia.
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Emitir una factura rectificativa.
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Presentar el modelo 952 ante la AEAT en el mes siguiente.
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Regularizar el IVA en el siguiente modelo 303.
Desde 2023, cualquier medio que acredite la reclamación es válido, incluidos correos electrónicos o mensajes de WhatsApp.
Deducción de créditos incobrables en sociedades
Las sociedades pueden deducir las pérdidas derivadas de clientes morosos si se cumplen ciertos requisitos:
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La deuda debe estar registrada como ingreso.
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Debe acreditarse el intento de cobro o haber transcurrido más de 6 meses.
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La provisión o baja contable debe estar correctamente registrada.
Además, las empresas con una facturación inferior a 10 millones de euros pueden aplicar una provisión global del 1% sobre clientes, incluso sin impagos concretos.
Revisar la contabilidad antes del cierre del ejercicio puede suponer un ahorro fiscal relevante.
Cuando el moroso es un inquilino
En los alquileres, el problema se agrava: Hacienda exige declarar las rentas devengadas aunque no se hayan cobrado.
Solo es posible deducir la pérdida cuando:
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Se inicia un procedimiento judicial de desahucio o reclamación, o
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Se acredita la incobrabilidad (más de 6 meses sin cobro y reclamación fehaciente).
Hasta ese momento, la renta debe seguir declararse. Y si finalmente se cobra, habrá que tributar de nuevo por ese ingreso.
Guía rápida para protegerte frente a impagos
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Revisa periódicamente las facturas vencidas más de 90 días.
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Reclama siempre de forma fehaciente.
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Conserva toda la documentación relacionada con el cobro.
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Solicita certificados en caso de concurso de acreedores.
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Rectifica el IVA dentro de plazo y comunícalo a Hacienda.
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Registra correctamente las provisiones o pérdidas antes del cierre del ejercicio.
En fiscalidad, la documentación es la mejor defensa. Sin pruebas, no hay deducción.
Conclusión
No siempre puedes evitar que un cliente incumpla.
Pero sí puedes evitar pagar impuestos por una factura que nunca cobrarás.
En muchos casos, la diferencia entre tributar o no hacerlo está en actuar a tiempo y documentar bien cada paso.